domingo, 28 de agosto de 2011

Principales Caracteristicas de los Poderes

La Division de Poderes queda establecida en el Artículo 49 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos.
Quedando subsecuentemente divido en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Principales Facultades y Caracteristicas del Poder Legislativo;

Principal representante de la Democracia, entre sus funciones se encuentran el poder crear, modificar o derogar las leyes.
*Esta divido en 2 camaras una de Diputados y una de Senadores. (Art.- 50 Constitucional)
*Los Diputados se elegiran cada 3 años y por cada diputado hay un suplente (Art.-51)
*La camara de diputados estara integrada de 300 Diputados Electos y 200 segun el principio de representacion proporcional.(Art.- 52)
*La camara de Senadores cuenta con 128 miembros de los cuales en cada estado y en el D.F. 2 son elegidos por mayoria y se da un Senador a la minoria, al igual que los Diputados los Senadores tambien cuentan con un suplente. (Articulos 56 y 57 respectivamente)
*Toda resolucion del congreso tendra caracter de Ley o Decreto. (Art.- 70)


Características del Poder ejecutivo:

*Unipersonalidad del poder ejecutivo; El artículo 80 de la CPEUM establece que: “se deposita el ejercicio del supremo poder ejecutivo de la unión en un solo individuo que se denominara Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”. En consecuencia, este poder recae en una sola persona, por ello se dice que es unipersonal.

*Naturaleza de la función ejecutiva: La función ejecutiva tiene el propósito fundamental de aplicar la ley, por eso el art. 89 establece: “promulgar y ejecutar las leyes, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia”. Dentro de este mismo artículo se pueden encontrar más funciones, ya sea de carácter legislativa, de nombramientos, de carácter militar, de seguridad nacional, de política exterior, de carácter económico, de índole penal, de excepción, etc.

*Elección del presidente de la República; El artículo 81 de la CPEUM establece que: “La elección del presidente será de manera directa y en los términos que disponga la ley electoral”.

*En cuanto al aspecto judicial, este
cumple la función de controlar a los restantes poderes públicos; pero también a los particulares, en la medida en que éstos ejercen, de acuerdo a las leyes, el poder público. Por otra parte, la justicia federal tutela la supremacía de la Constitución sobre los derechos de las provincias. Jurisdiccionalmente, asigna normas jurídicas para dirimir conflictos: a tal fin realiza un acto complejo de aplicación-creación del derecho, definido como el conocimiento y decisión de todas las causas que versan sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación.


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